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Juan Luis Dammert, coordinador del Programa de Ciudadanía Ambiental de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental
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- comenta que la ley que reconoce el derecho de los pueblos indígenas y originarios a ser consultados cuando una medida los afecte no significará un veto a los proyectos de inversión en explotación de recursos naturales.
- La autógrafa establece que la decisión final sobre su aplicación corresponde a la entidad estatal que vaya a dictar una medida legal (leyes, decretos u ordenanzas).
- “Se esperaba que fuera de esa manera, porque, de lo contrario, se podría traducir en el derecho al veto, y la ley de consulta nunca tuvo un espíritu de veto”, explicó.
- Según el texto aprobado el martes por el Congreso, si en el proceso de consulta la entidad estatal y el pueblo afectado no llegan a un acuerdo, se tomarán las medidas necesarias para garantizar los derechos colectivos de la comunidad.
Fuente: http://elcomercio.pe/impresa/notas/ley-consulta-pueblos-no-significara-veto-inversiones/20110825/1179515
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