Juan Luis Dammert, coordinador del Programa de Ciudadanía Ambiental de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental

  • comenta que la ley que reconoce el derecho de los pueblos indígenas y originarios a ser consultados cuando una medida los afecte no significará un veto a los proyectos de inversión en explotación de recursos naturales.
  • La autógrafa establece que la decisión final sobre su aplicación corresponde a la entidad estatal que vaya a dictar una medida legal (leyes, decretos u ordenanzas).
  • “Se esperaba que fuera de esa manera, porque, de lo contrario, se podría traducir en el derecho al veto, y la ley de consulta nunca tuvo un espíritu de veto”, explicó.
  • Según el texto aprobado el martes por el Congreso, si en el proceso de consulta la entidad estatal y el pueblo afectado no llegan a un acuerdo, se tomarán las medidas necesarias para garantizar los derechos colectivos de la comunidad.

Fuente:
http://elcomercio.pe/impresa/notas/ley-consulta-pueblos-no-significara-veto-inversiones/20110825/1179515




Juan Pablo Horna, vicepresidente del Gobierno Regional de Lambayeque

  • La subasta de las tierras de Olmos ha sido programada para el próximo 24 de setiembre. Sin embargo, cada vez con mayor fuerza varios sectores en Lambayeque insisten en la necesidad de reducir el tamaño de los lotes a subastar, de tal manera que pequeños y medianos agricultores puedan participar. El Gobierno regional de Lambayeque (GRL) ha solicitado que se reduzca un porcentaje de los lotes a 100 hectáreas, pero hasta el momento no hay respuesta por parte del concesionario H2Olmos. CEPES logró conversar sobre este tema con el Sr. Juan Pablo Horna, vicepresidente del GRL.

Fuente:
http://www.radiowebrural.com/radio/sites/default/files/juanpablo_Horna_Olmos.mp3




El Gobierno Regional de Cusco, Derecho Ambiente y Recursos Naturales – DAR y Elena Ascarza, representante del Consejo Regional del Cusco de la Provincia de la Convención

  • El Gobierno Regional de Cusco mostró su preocupación por los riesgos socio ambientales que está generando el Proyecto Camisea y su ampliación en la Cuenca del Urubamba, así como la deficiente preocupación del Estado en el cumplimiento de los compromisos que ha asumido.
  • En la reunión con el BID, que se realizó en Yucay, Cusco, la empresa Pluspetrol, del Consorcio Camisea, presentó la ampliación de las actividades en el lote 88 sobrepuesto con la Reserva Territorial Nahua kugapakori, señalando que esta ampliación es un pedido del estado peruano, ante la necesidad de contar con más gas, dada la demanda de consumo interno y los compromisos de exportación.
  • Ante estas declaraciones, Derecho Ambiente y Recursos Naturales – DAR, expresó una vez más su preocupación sobre la falta de planificación energética nacional a largo plazo, planificación que ayudará al Estado a decidir cómo utilizar el gas y otros recursos energéticos para beneficio de todos los peruanos.
  • Sin esa planificación, no entendemos cómo se promueve la ampliación de actividades del lote 88, más aún cuando se pone en mayor riesgo a los pueblos indígenas aislados que viven en la Reserva Territorial Nahua Kugapakori (RTNK).
  • Elena Ascarza, representante del Consejo Regional del Cusco de la Provincia de la Convención, enfatizó que el Estado “antes que promover la inversión debe promover el respeto de los derechos humanos“, y recalcó que no entendía como “la Ley 28736” permite las actividades extractivas dentro de la RTNK, cuando esta reserva es intangible y además se pondría en riesgo el derecho a la salud de estos pueblos.

Fuente:
http://www.diariolaprimeraperu.com/online/nacional/en-cusco-cuestionan-ampliacion-de-camisea_92855.html




Servindi

  • comentó que el informe Sacrificar los derechos en nombre del desarrollo.
  • “Las violaciones de derechos descritas son consecuencia de una arraigada actitud discriminatoria hacia los pueblos indígenas de América y de rechazo a su peculiar modo de ser, de ver el mundo y de comportarse que los actuales Estados democráticos han heredado de la historia y no han sabido neutralizar”, afirma en su introducción.
  • “En el Día Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo, Amnistía Internacional desea resaltar algunos de los casos documentados en la región, que ponen de manifiesto la situación de numerosas comunidades, así como la dignidad y la determinación con las que éstas defienden sus derechos”, continúa.
  • Asimismo, AI insta a los Estados que, junto a los pueblos indígenas, adopten las siguientes medidas:
  • Promulgar leyes para hacer efectivo el derecho a consulta y al consentimiento libre, previo e informado, de conformidad con las normas internacionales y del sistema interamericano de derechos humanos.
  • Abstenerse de otorgar concesiones, de autorizar actividades de prospección y explotación y de llevar a cabo cualquier otro proyecto de desarrollo que pueda afectar a los pueblos indígenas sin una consulta adecuada, en consonancia con las normas internacionales e interamericanas.
  • Tomas medidas urgentes para resolver las disputas existentes sobre la tierra y abstenerse de desalojar a los pueblos indígenas mientras estas no se hayan resuelto.
  • Crear y mantener las condiciones necesarias para que los líderes indígenas y los miembros de las comunidades defiendan pacíficamente sus derechos sin temor a represalias, para lo que, entre otras medidas, es imprescindible evitar el uso del sistema de justicia penal con el fin de disuadirlos de su trabajo como defensores y defensoras de los derechos humanos.
  • Tomar medidas con la diligencia debida para proteger a las mujeres indígenas de la violencia, y para enjuiciar y castigar a los responsables de esos abusos.

Fuente:
http://servindi.org/actualidad/48992




Fernanda Doz Costa, investigadora de Amnistía Internacional (AI) sobre pueblos indígenas

  • consideró que la aprobación de la Ley de Consulta Previa en Perú evitará que se repitan tragedias como el caso de Bagua, y cuestionó al gobierno de Alan García por haber bloqueado la aprobación de esa norma.
  • Aseveró que lo sucedido en Bagua “pudo ser evitado por el gobierno de turno”.
  • “Fue un suceso penoso que era totalmente evitable y todo el mundo entiende que una Ley de Consulta Previa, que sea respetada por las autoridades, va a prevenir de alguna manera que esto vuelva a suceder”, anotó.
  • En ese sentido, consideró que fue una “mala decisión” que se ordenara el desalojo de los manifestantes por la fuerza, por lo cual indicó que deberá ser una prioridad del actual gobierno aprobar la referida ley.

Fuente:
http://www.larepublica.pe/impresa/ley-de-consulta-previa-evitara-otro-baguazo-2011-08-07




  •  Pese a que todos los informes técnicos  de los organismos correspondientes  señalan a Yanacocha como responsable  de la contaminación de las aguas  de la laguna Totorococha Chica, según  la ONG Grufides, la Fiscalía del Medio  Ambiente pretende archivar el caso  desestimando todos los argumentos. 
  • En este casol, la OEFA emitió un informe técnico legal, el cual concluye que la Yanacocha no tiene canales de coronación para conducir sus aguas de escorrentía de la parte alta de la cantera hacia su poza de sedimentación, por ello estas aguas se infiltran en el subsuelo y dañan  la calidad de aguas subterráneas que descargan a la laguna Totorococha Chica.
  • A pesar de los informes  técnicos de las autoridades  competentes, el 27 de julio la  Fiscalía del Medio Ambiente sorprendió  a los pobladores denunciantes  con una resolución sobre  el caso que determina su archivamiento,  por considerar que estos  informes no son suficientes  para proseguir con la investigación  contra la citada empresa. 
  • La Fiscalía indica  que “no se ha probado la afectación  considerable a especies o  vida humana”. 

Fuente:
http://issuu.com/larepublica_peru/docs/edicion-norte-050811




CNR

  • informó que según una reciente presentación del Observatorio de Conflictos Mineros, en el informe se destaca que el Perú necesita discutir en serio, donde sí y dónde no debe haber actividades extractivas.
  • Necesitamos ordenar el uso de nuestro territorio. El Perú necesita un mayor consumo de energías renovables de mínimo impacto. Necesitamos conservar la Amazonía para las futuras generaciones.
  • Que todas las empresas mineras se comprometan a pagar regalías. Que ya no utilicen más beneficios tributarios y que paguen un impuesto a las sobre ganancias.
  • La presentación de dicho informe fue realizada por el analista y economista José De Echave. Ver y descargar informe completo en la siguiente dirección: http://www.megaupload.com/?d=MI0Z72BY

Fuente:
http://www.cnr.org.pe/nota.shtml?x=5768




  • El Grupo de Trabajo sobre Pueblos Indígenas de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos y diversas organizaciones de la sociedad civil, nos dirigimos a la opinión pública para manifestar nuestra gran preocupación y disconformidad con la propuesta del “Reglamento de Supervisión de Actividades Exploratorias y Extractivas al Interior de las Reservas Territoriales e Indígenas del Estado” porque promueve la vulneración de los derechos de los pueblos indígenas en estado de aislamiento y contacto inicial, en virtud de lo siguiente:
  • 1.    Los Pueblos Indígenas Aislados o en situación de Contacto Inicial son pueblos indígenas amazónicos que han decidido mantenerse aislados de la sociedad peruana, o en su defecto, recién se encuentran estableciendo sus primeras relaciones con el resto de la sociedad.
  • Su subsistencia depende íntegramente de su territorio y son considerablemente vulnerables al contacto con gente extraña. Estos pueblos corren el riesgo de contagiarse de enfermedades y epidemias que pueden ser controladas por nosotros pero que para ellos pueden resultar mortales.
  • Estos pueblos se movilizan en determinadas zonas de nuestra Amazonía.
  • En ese sentido, el Estado ha creado Reservas Territoriales para su adecuada protección y la del medio que les sirve para subsistir.
  • Hasta el momento, existen cinco reservas territoriales para pueblos en aislamiento: Kugapakori-Nahua, Madre de Dios, Mashco Piro, Murunahua e Isconahua y existen cinco solicitudes para los pueblos: Cacataibo (Sur y Norte), Kapanawa, Yavarí – Tapiche, Yavarí- Mirim y Napo Tigre.
  • 2. La Ley para la Protección de Pueblos Indígenas u Originarios en Situación de Aislamiento y en Situación de Contacto Inicial (Ley 28736) establece en su artículo 5 el carácter intangible de las reservas territoriales pero, al mismo tiempo permite las operaciones de las industrias extractivas en sus territorios, incurriendo en una contradicción aún no resuelta, y que ha sido observada por las organizaciones indígenas.
  • Ahora, el Reglamento propuesto agrava e incide en esta misma contradicción, pasando  por alto el hecho que la conservación del medio ambiente es vital para las personas indígenas aisladas y que su supervivencia depende fundamentalmente de los recursos del bosque y del goce de su buena salud.
  • Esta contradicción ocurre a pesar que la intangibilidad de las Reservas Territoriales e Indígenas responden al deber del Estado de garantizar del derecho fundamental a la vida de los pueblos indígenas aislados, razón por la cual nosotros también consideramos que estas Reservas deben tener el carácter de intangibles.
  • 3.Esta Ley y Reglamento propuesto promueven actividades que afectarán los derechos reconocidos en la Constitución Política y en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), tales como el derecho a la vida, a la salud, a la identidad cultural, a las tierras, al territorio y a la libre determinación que gozan los pueblos indígenas en general, pero especialmente los pueblos indígenas aislados y en situación de contacto inicial.
  •  Así, el Gobierno incumple su obligación de ser el garante de la protección y promoción de estos derechos.
  • 4. Destacamos que el derecho a la vida es fundamental porque de su salvaguarda depende la plena realización y vigencia de los demás derechos humanos y en ese sentido, no podemos admitir acciones que promuevan su vulneración.
  • La mencionada ley y el reglamento propuesto, al no garantizar la intangibilidad de las Reservas – condición para preservar el derecho a la vida de estas poblaciones altamente vulnerables -, son medidas contrarias a este derecho, derivando así en normas inconstitucionales.
  • 5.La aprobación del Reglamento propuesto por el INDEPA contraviene además del Principio Pro Homine, el Principio Precautorio que se aplica para evitar daños ambientales directos e indirectos, tales como los que se encuentran vinculados a la vida y a la salud.
  • Así, en aplicación de estos principios, no debería permitirse el desarrollo de actividades extractivas dentro de las Reservas Territoriales e Indígenas ni en las zonas propuestas para la creación de estas Reservas.
  • 6.Lamentamos que el INDEPA, en vez de promover y garantizar la protección irrestricta de los derechos de los pueblos indígenas aislados, promueva la aprobación del Reglamento de Supervisión de Actividades Exploratorias y Extractivas al Interior de las Reservas Territoriales e Indígenas del Estado toda vez que los daños a la vida y a la salud que se podrían generar serán irreversibles e irreparables.
  • 7. Asimismo, queremos alertar que el reglamento en cuestión se pretende aprobar en un contexto donde el Consorcio Camisea planea expandir sus operaciones sobre la Reserva Territorial Nahua Kugapakori y Nanti.
  • En este sentido, la medida tendría por objeto facilitar las actividades extractivas del Consorcio Camisea sobre dicha reserva poniendo en serio peligro la situación de los pueblos indígenas aislados y en contacto inicial Nahua y Nantis.
  • 8. Finalmente, creemos que la aprobación de este reglamento agravará la conflictividad social con los pueblos indígenas amazónicos debido a que estos pueblos consideran a los pueblos aislados o en situación de contacto inicial como hermanos, por lo que al advertir la posibilidad de su afectación, se sentirán agredidos y rechazarán la aprobación del mencionado reglamento.
  • Por las razones expuestas, instamos al Ministerio de Cultura y a los funcionarios a cargo del INDEPA a tomar una posición responsable y coherente con el respeto de los derechos humanos  y desistir de la intención de aprobar en Reglamento de Supervisión de Actividades Exploratorias y Extractivas al Interior de las Reservas Territoriales e Indígenas del Estado; y en su lugar, promover la modificación de la Ley 28736 de modo que se garantice la intangibilidad de las Reservas Territoriales e Indígenas que la misma ley establece y también la de las propuestas de estas Reservas hasta que la solicitudes de éstas sean debidamente atendidas.

Fuente:
http://derechoshumanos.pe/2011/07/12/indepa-promueve-vulneracion-de-derechos-de-los-pueblos-indigenas-aislados/




Giselle Huamaní, investigadora del CIES

  • afirma que reclamos son contra las industrias extractivas, hidroeléctricas, saneamiento, proyectos de irrigación, entre otros.
  • Los conflictos sociales posiblemente sean una piedra en el zapato del nuevo gobierno, porque además de los conflictos reportados por la Defensoría del Pueblo se estarían incubando más de 1,000 conflictos adicionales solo por el uso del agua.
  • Refirió que el Instituto de Promoción para la Gestión del Agua (Iproga) hizo un inventario en seis zonas del país, que abarca cerca de 18 microrregiones y encontró que el nivel de conflictividad por el uso del agua no está recogido por los bancos de datos de la Defensoría del Pueblo.
  • Precisó que entre las regiones donde hay más incidencia de estos conflictos resaltan Huancavelica, Apurímac y Ayacucho, lugares donde se han registrado por lo menos 120 conflictos, los mismos que son parte de la vida cotidiana de sus pobladores.
  • “Si a estas tres regiones se añaden otras tres en el norte con problemas similares, se proyecta y se calcula que hay más de 1,000 conflictos a nivel nacional por el agua”, afirmó.
  • Respecto a quienes van dirigidos los reclamos, señaló que hay distintos actores como las industrias extractivas, hidroeléctricas, además de empresas de saneamiento, proyectos de irrigación como Olmos y Chavimochic, así como entre las mismas comunidades, entre usuarios y sus organizaciones de gestión del agua. 

Fuente:
http://www.expreso.com.pe/noticia/2011/07/06/se-incuban-mas-de-1000-conflictos-sociales-por-el-agua-en-el-peru




Fernando Eguren, presidente del Centro Peruano de Estudios Sociales - CEPES

  • Un reciente informe realizado por la Oficina Gubernamental para la Ciencia de Gran Bretaña, basado en centenares de estudios científicos, llega a la conclusión de que muchos sistemas de producción de alimentos no son sostenibles en el tiempo.
  • Si no cambian, el sistema global alimentario continuará degradando el medio ambiente y comprometerá la capacidad del planeta de producir alimentos en el futuro, así como contribuirá al cambio climático y a la destrucción de la biodiversidad.
  • Hay problemas generalizados de erosión de suelos, pérdida de fertilidad, salinización y otras formas de degradación; en muchos lugares las tasas de extracción de agua para irrigación excede las tasas de recuperación; hay una dependencia pesada en la energía derivada de combustible fósil para producir fertilizantes nitrogenados y pesticidas.
  • Además, los sistemas de producción de alimentos emiten frecuentemente cantidades significativas de gases de invernadero y liberan otros contaminantes que se acumulan en el ambiente.
  • Estos problemas se aplican todos al Perú, particularmente a las zonas de la agricultura más moderna, incluyendo la de exportación.
  • Lo que está en cuestión es su sostenibilidad. Es indispensable cambiar el paradigma modernizador vigente, hacia una agricultura menos agresiva con los recursos naturales y el medio ambiente, con un mayor uso de fuentes de energía renovable.
  • Hay importantes y exitosos esfuerzos, como los de los pequeños productores de café y plátano orgánico para la exportación. La gran agricultura moderna debe seguir su ejemplo.

Fuente:
http://www.diariolaprimeraperu.com/online/columnistas/agricultura-sostenible-y-seguridad-alimentaria_89255.html